19 septiembre, 2009

El DS 009-2009 ED es una puñalada al Patrimonio

El D.S.009-2009-ED es una puñalada contra el Patrimonio Cultural
Por Daniel Chumpitaz
Oh modernidad cuantos crímenes contra la cultura se cometerán en tu nombre…
En una reunión realizada en la sede de la Presidencia del Consejo de Ministro hace más de un mes atrás, entre los cuales se encontraba el Arqueólogo Yuri Castro en representación del INC, representantes de COFOPRI, el Presidente Regional de Lima entre otras personas y funcionarios públicos, reunidos justamente para tratar sobre como resolver los atrasos en las ejecución de obras ocasionado por el INC; se informó del compromiso del Presidente Alan García ante los Presidentes Regionales de promulgar dispositivos legales que eliminen “las dificultades ocasionado por el CIRA" y que los Presidentes Regionales presenten la relación de obras a priorizar”. El representante del INC ni se inmuto siquiera. Como quien dice “el golpe estaba avisado”

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Que rige el DS 004-2009-ED Modificado

Este Decreto Supremo 0049-2009-ED modificado establece lo siguiente: En el Artículo 2, numeral 2.1 establece que “la autorización de la elaboración de los Proyectos de Evaluación Arqueológicas (…) se realizará en un plazo no mayor de 15 días calendarios”, y ; en el numeral 2.2 establece que “La aprobación de los informes de los Proyectos de evaluación Arqueológicas por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología se realizara en un plazo no mayor a 45 días hábiles”

Así mismo, en el Artículo 3 establece que “El plazo para expedir el CIRA (…) no será mayor a 45 días calendarios”.
Como comentario diremos que casi nadie se entero de esta normal pues la gran mayorías de arqueólogos venimos sufriendo la decidía, insensibilidad e ineptitud de la burocracia del INC de Lima, con nuestros proyectos “dormidos” en los escritorios de estos “arqueólogos estatales”

El contrabando que trae el nuevo DS

Nadie se puede oponer a la reducción de los plazos en los trámites administrativos en el INC, en lo personal he sufrido en carne propia la “Dictadura del teléfono y de la mediocridad del INC”, un Proyecto de Evaluación Arqueológica (PEA) que presente el 14 de enero recién lo han aprobado en estos días y me han ofrecido (eso espero) entregarme la respectiva Resolución este lunes (24.AGO.2009) ¡casi 8 meses después!!. Observación del PEA ninguno!; ineptitud del INC total y cero disculpas de parte de ellos. Tuvimos el caso de un CIRA que llegamos a festejar su cumpleaños antes que el INC lo entregue.
Pero este nuevo Decreto Supremo no sólo reduce los plazos del Artículo 2 numeral 2.1 y numeral 2.2 (de 45 días a 30 para que se apruebe los Informes Finales) o el Artículo 3 (reducir de 45 a 10 días la expedición del CIRA). Sino que trae graves contrabando que atentan contra el Patrimonio Cultural de la Nación y pisotea en la letra y espíritu de la Ley 28296 “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación”, especialmente sus artículos V, 22, 23 y 49 entre otros. Así mismo, va contra lo penalizado en el Código Penal en sus artículos 226, 227 y 229; estamos revisando mejor esta legislación para interponer demanda si es posible ante el Tribunal Constitucional.
Este nuevo Decreto Supremo de marras sanciona en su Artículo 1 que “Para la elaboración de los Proyectos de Evaluación Arqueológicas (…) no se requiere autorización del Instituto Nacional de Cultura”. Esto que significa?, a partir de ahora los PEA lo presentamos ante la empresa que contrata y listo se ejecuta?. Entonces se podrá elaborar proyectos en la cantidad de clientes que se tenga, 1, 2, 3 o más?. O de todas manera se presenta los PEA ante INC pero sólo para conocimiento pero igual se ejecuta sin esperar opinión de ellos?.
En el Artículo 2 de este ilegal Decreto Supremo establece que para “los proyectos de inversión pública, así como los declarados de necesidad nacional y/o de ejecución prioritarias para la expedición del CIRA solamente se requiere la supervisión del INC y la presentación de un plan de Monitoreo”; es decir, ya ni siquiera es necesario un PEA previo; si con la anterior legislación se cometían un sin fin de atrocidades contra el Patrimonio Cultural, ya nos imaginamos como será ahora. Pero esta situación no es nueva, tenemos el ejemplo del “by pass” de la Av. Venezuela en Lima, donde nunca se realizó el PEA previo y el INC (en una actitud de los más rastrera ante el poder político) sólo se limito a aprobar un proyecto de monitoreo cuando la obra esta por culminarse; todos conocemos las consecuencias de tuvo todo esto: Destrucción del Patrimonio Cultural existente en el sub-suelo en donde se estaba realizando esta obra, como fue comprobado por la 45 Fiscalía Penal de Lima y, que dicho monitor arqueológico no apareció en la obra como también quedo comprobada por dicha fiscalía; si esto sucede en Lima Cercado como será en provincias. El INC tan prepotentes contra los arqueólogos independientes se mostró ante este delito del poder político como lo que son: simples funcionarios precarios que tienen un empleo mientras sirvan a ese “poder” que les dio la chamba.
Pero lo más grave que trae este Artículo 2 esta en su segundo párrafo establece que “Excepcionalmente, en los proyectos de inversión pública, así como los declarados de necesidad nacional y/o de ejecución prioritarias, sobre infraestructura preexistente no será necesario la expedición del CIRA sino la presentación de un Plan de Monitoreo Arqueológico”. Peor crimen contra nuestro patrimonio jamás fue visto. Otro ejemplo sobre lo nefasto de esta norma, sigamos con el ejemplo del “by pass de la Av. Venezuela en Lima”; como sabemos la Municipalidad de Lima dividió tramposamente esta obra en 2 partes, el primer tramo antes de llegar donde están las Pirámides Arqueológicas 22 y San Marcos (ambas de la Cultura Maringa) y, el segundo tramo desde continuaba la obra hasta el final; tomando en cuenta que ya existe una infraestructura preexistente (la antigua Av. Venezuela) la Municipalidad ya no necesitara realizare ningún PEA ni mucho menos pedir el CIRA (total desprotección de dicho patrimonio cultural existente ahí), sólo será necesario un monitoreo arqueológico: las ratas de fiestas …la mesa esta servida!!!.
Como toda normal no puede ser retroactiva pero a nuestros gobernantes eso les interesa un pepino, al final de este esperpento legal señala, en su Única Disposición Complementaria Final que: “Aquellas solicitudes de Proyectos de Evaluación Arqueológicas, Informes y CIRA que se encuentren en trámite a la fecha (…) podrán acogerse a esta norma”.

Los agradecimientos

Definitivamente no podemos dejar de agradecer al INC, especialmente a la sede central en Lima, no lo pudieron hacer mejor; hicieron todo la humanamente posible (y hasta lo imposible diría yo) para brindar todo los argumentos para que el gobierno pudiera justificar este zarpaso contra el Patrimonio Cultural de la Nación. A la Dra. Cecilia Bákula (Directora Nacional INC) quien es la que mas se esmero en esta labor, todos recordamos como las Resoluciones “dormían y duermen el sueño de los justos” sobre su escritorio esperando su preciada firma pero que a ella simplemente le importaba un rábano, primero estaba sus viajes de representación, sus ceremonias de colocación de la primera piedra de los hoteles 5 estrellas construidos sobre los despojos de los inmuebles históricos como en el Cuzco por ejemplo; muchos han tenido la suerte que sus Resoluciones listo para la firma de nuestra entrañable Directora INC eran devuelto para que lo escriban de nuevo por que estaba mal colocado una coma o a ella le parecía que no rimaban las oraciones (cuantos premios de Nóbel de literaturas se están perdiendo en nuestros archivos), cuando ella sabe que esta nueva redacción significaba semanas y hasta meses de retrazo.
De igual manera, los respectivos agradecimientos al Arqueólogo Yuri Castro actual Director de Sitios Arqueológicos del INC, Presidente de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, Presidente de la Comisión Calificadora de Zonas Arqueológicas Ocupadas por Asentamientos Humanos entre otros títulos honoríficos por su brillante carrera burocrática, por el gran dinamismo que a inyectado al INC en no hacer nada, salvo para sus amistades claro esta; entendemos perfectamente las razones por la cual la Dra. Bákula lo tienen tanto tiempo a su lado.
No seguiremos mencionando nombre para no pecar de injusto y obviar a algún burócrata del INC que se ha ganado a pulso estas felicitaciones, especialmente a ese grupo de jóvenes profesionales de la Sub-dirección de Supervisión y Peritaje, quienes saben mucho de todo menos de arqueología de campo pero como supervisores INC tienen la última palabra.

El lema favorito de esta administración en el INC es “Para mis amigos y amigas todo para mis enemigos el trámite”

A todos ellos les debemos que este gobierno tenga los argumentos que les “justifica” cometer esta felonía contra nuestro patrimonio cultural, acto que ni siquiera el sátrapa de Fujimori se atrevió hacer.
Lic. Daniel Chumpitaz Llerena. Arqueólogo

Notas

Nota 1: Para conocimiento adjuntamos el Decreto Supremo 004-2009-ED modificado y el nuevo Decreto Supremo 009-2009-ED que modifica.

Nota 2: No he mencionado a la actual directiva del COARPE a propósito, no deseo interrumpirles la pachanga que deben estar tendiendo en este momento festejando este DS; especialmente los miembro del Comité Ejecutivo Nacional, en su más preclaro representante quien a su vez es el arqueólogo de la Municipalidad de Lima, si ese mismo.
Nota 3: Revice este link, aqui podría estar la respuesta a la motivación por lo cual se promulga este nefasto Decreto supremo: "El gobierno da más poder a Carlos Arana"

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